MISION PERMANENTE DE LA REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL ANTE
LAS NACIONES UNIDAS
Don Primo José Esono Mica |
El Representante Permanente de la República de Guinea
Ecuatorial ante las Naciones Unidas saluda atentamente al Secretario General de
las Naciones Unidas y tiene el honor de señalar a su atención el adjunto texto
del Decreto de la Presidencia de la República de Guinea Ecuatorial nº 26/1973,
de fecha 26 de julio pasado, relativo al cambio de denominaciones coloniales en
Guinea Ecuatorial..
El cambio de dichas denominaciones que fue propuesto a la
Presidencia de la República por el III Congreso Nacional del Partido Único
Nacional de Trabajadores, se basa en la política revolucionaria guineana de
autenticidad, expresión de la voluntad popular, su soberanía absoluta y total aversión
al colonialismo e imperialismo.
El Representante Permanente de la República de Guinea
Ecuatorial ante las Naciones Unidas agradecería al Secretario General de las
Naciones Unidas tenga a bien disponer que el texto del referido Decreto de la
Presidencia Vitalicia de Guinea Ecuatorial se distribuya como documento de las
Naciones Unidas a todas las Misiones.
El Representante Permanente de la República de Guinea Ecuatorial
ante las Naciones Unidas aprovecha la oportunidad para reiterar al Secretario
General de las Naciones Unidas las seguridades de más alta consideración.
New York, a 13 de Agosto de 1.973.
Primo José Esono Mica
Representante Permanente de Guinea Ecuatorial ante las
Naciones Unidas
Excmo. Señor
KURT WALDHEIM
Secretario de las Naciones Unidas
Naciones Unidas.- NEW YORK.
REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL
PRESIDENCIA
DECRETO número 26/1.973, de 26 de julio, por el que se dispone al cambio de denominación de las Islas de Fernando Póo y Annobón, Distrito de Rio Benito, Punta Fernanda, las ciudades de Santa Isa bel, San Fernando, San Carlos, y el poblado de Concepción, a propuesta del Tercer Congreso del Partido Único Nacional de Trabajadores (PUNT), celebrado en la ciudad de Bata del 7 al 13 de julio de 1.973.-----
Ha sido una costumbre inveterada del colonialismo en África
la de suprimir los nombres tradicionales y autóctonos de los lugares
geográficos y ciudades que iba conquistando, para rebautizarlos con el nombre
de los conquistadores o de los Santos de su devoción.
Así ha sucedido en nuestro territorio con los nombres de los
conquistadores portugueses Fernanda Póo y Annobón, y con los nombres del
santoral español Santa Isabel, San Carlos, San Fernando, Concepción, que junto
a otras denominaciones españolas como la de Rio Benito y Punta Fernanda, han
hecho desaparecer los nombres verdaderos, con los que nuestra cultura y
tradición africana designaba a esos lugares geográficos y poblados.
El III Congreso del Partido Único Nacional de Trabajadores
(PUNT), con el doble afán y razón de volver a nuestras tradiciones africanas y
de perpetuar ante la Historia el nombre del Fundador del Estado Independiente
de la República de Guinea Ecuatorial, así como el de otros Líderes
nacionalistas que combatieron al colonialismo; acordó por unanimidad proponer a
esta Presidencia de la República que decretase al cambio de designación de la
Isla de Fernando Póo por la de Isla de MACIAS NGUEMA BIYOGO, de
la Isla de Annobón por la de Isla PAGALU, el Distrito de Rio
Benito por el de MBINI, Punta Fernanda por PUNTA DE LA
UNIDAD AFRICANA, la Ciudad de Santa Isabel por MALABO, la
ciudad de San Fernando por la ciudad de ELA NGUEMA, la Ciudad de
San Carlos por LUBA, al poblado de Concepción por el de RIABA.
Comprendiendo la importancia histórica y cultural que
esta proposición supone para la afirmación de nuestra personalidad nacionalista
y africana, y conociendo otros antecedentes en que líderes nacionales y
fundadores de Estados han visto perpetuado su nombre, identificado al de
ciudades o lugares geográficos significativos: YO, FRANCISCO MACIAS NGUEMA
BIYOGO, PRESIDENTE VITALICIO DE LA REPUBLICA, no pudiendo oponerme a la
voluntad del Pueblo guineano, libremente expresada en el III Congreso del Partido
Único Nacional de Trabajadores (PUNT), acepto profundamente emocionado la
proposición que me ha sido formulada, y en virtud de las facultades que me
confiere la Presidencia de la República:
DISPONGO:
Artículo 1ª.- Los lugares geográficos del
territorio de la República de Guinea Ecuatorial designados hoy ISLA DE FERNANDO
PÓO, ISLA DE ANNOBÓN, RIO BENITO y PUNTA FERNANDA, serán denominados en lo
sucesivo ISLA MACIAS NGUEMA BIYOGO, ISLA PAGALU, MBINI y PUNTA DE LA UNIDAD
AFRICANA, respectivamente.
Articulo 2ª.- Las ciudades de la República de
Guinea Ecuatorial llamadas hoy SANTA ISABEL, SAN FERNANDO y SAN CARLOS, se llamarán
en lo sucesivo MALABO, CIUDAD ELA NGUEMA y LUBA.
Articulo 3ª.- El poblado de la República de
Guinea Ecuatorial llamado hoy CONCEPCION, será llamado en lo sucesivo RIABA.
Artículo 4ª.- Este Decreto entra en vigor a
partir del día de hoy y se concede un plazo prudencial que expirará el próximo
día 31 de agosto de 1.973, para que sean cambiados todos los impresos de la
Nación.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en el Palacio
del Gobierno en Malabo, a veintiséis de julio de mil novecientos setenta y
tres.
FRANCISCO MACIAS NGUEMA BIYOGO
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